En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano JOSÉ MANUEL COVA HERNÁNDEZ, venezolano, de 21 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 21.379.630, de oficio vigilante, nacido 17/05/1989, domiciliado en Sector Catauro Abajo, Municipio Libertador, Estado Sucre. Por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149, en su Segundo aparte, de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de La Colectividad, todo de conformidad con el artículo 318 ordinal 1° segundo supuesto en concordancia con el artículo 320 todos del Código Orgánico Procesal. Notifíquese a.....