este Tribunal de Primera Instancia en Funciones Primero de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público y sanciona conforme al procedimiento por admisión de los hechos, al xxxxxxxxxxxxxxxxxxx por la comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, LESIONES LEVES y LESIONES MENOS GRAVES EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA previstos en los artículos 218, 416 y 413 en concordancia con el artículo 424, todos del Código Penal respectivamente en perjuicio del Estado Venezolano y de los ciudadanos xxxxxxxxxxxxxxx a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de TRES (03) MESES, consistente en realizar una actividad Educativa, Laboral y/o cursos en áreas de su interés, que coadyuven a su crecimiento y desarrollo integral, y se le prohíbe cometer hechos simil.....