Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano Antonio José Rodríguez, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.638.498, de 43 años de edad, de ocupación conductor, casado, nacido en fecha 22/12/1965, residenciado en Brisas de Pantanillo, calle 06, manzana 05, casa N° 17, Estado Sucre, condenado por sentencia dictada en su contra por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial, imponiéndosele una pena de UNS (01) AÑO DE PRISION por la comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, fijando el .....