Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus SENNY JOSÈ LEMUS SERRANO (difunto), venezolano, soltero, mayor de edad, quien era titular de la cédula de identidad Nº V.-10.949.554, a sus hijos: la ciudadana: SELENNY JOSÈ LEMUS YNOJOSA, MARISELYS DEL VALLE LEMUS YNOJOSA y DUBAN JOSÈ LEMUS YNOJOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-19.125.204, V-20.347.416, y V-26.592.381,respectivamente, habidos con la ciudadana .....