Este Tribunal Sexto de Control, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Ordena la Aprehensión del ciudadano imputado EDGAR ABELARDO RODRIGUEZ RIVERO, venezolano, 30 años de edad, cédula de identidad N° 12.271.533, soltero, residenciado en el sector Los Chaimas, Vereda 01, casa N° 39, de Cumaná Estado Sucre, para garantizar su comparecencia al acto de la audiencia oral, en la causa penal que por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal vigente para esa fecha, en perjuicio del ciudadano YEHIA YOHARI RAMSI RAFAEL, se le sigue ante este Tribunal y, en consecuencia, se ordena librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, al Destacamento 78 de la Guardia Nacional y a la Policía del Estado Sucre, para que sea localizado, detenido y puesto a la orden de este Tribunal, una vez recluido en la Comandancia General de Policía del Estado Sucre. Librese Oficios y notifíquese al Fis.....