es por lo que este Tribunal Penal Quinto De 1ra Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley DECRETA LA SUSPENSIÓN DEL PROCESO al RONNY JOSÉ NARVÁEZ FIGUEROA, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.213.730, de 34 años de edad, soltero, natural de Cumaná; nacido en fecha 10-07-1978, de profesión u oficio obrero, hijo de ESTEBAN RAFAEL NARVAEZ y SOL ELENA DE NARVAEZ; residenciado en Rincon de Araya, primer estacionamiento, al lado de un tanque de agua, casa de color verde, Araya Municipio Cruz Salmeron Acosta, Estado Sucre, por la comisión el delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; por el lapso de seis (06) meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 358, 359, 360 y 361 del Código Orgánico Procesal Penal, y les impone como condiciones, las siguientes: 1- No volver a incurrir .....