Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Ejecución de Primera Instancia, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 471, 472 y 474, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 3 de Diciembre de 2012, por el Tribunal Quinto de Control, mediante la cual se condenó a JHONNY JOSÉ AZÓCAR RAMOS, venezolano, titular de la cédula de identidad V- 24.715.663, de profesión u oficio obrero y residenciado en el Sector el Taparo de Macarapana, Casa s/n, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir la Pena de DIEZ (10) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INMOVILES, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, en perju.....