Es por ello, que este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda Parcialmente CON LUGAR la solicitud realizada por la Fiscal Primera del Ministerio Público Abg. Esleny Muñoz, a los fines de agotar el último llamado al Defensor Privado Abg. Willians Lemus, para que asista en la presente causa al acusado de autos ciudadano JOSÉ GREGORIO RIVAS BASTARDO, quien titular de la cédula de identidad N° V-9.272.601, a quien se le sigue la presente causa por los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, LESIONES CULPOSAS, LESIONES PERSONALES GRAVES, LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, Y LESIONES PERSOANLES LEVES. Se acuerda librarle boleta de notificación al Defensor Privado Abg. Willians Lemus, instándolo a que de no comparecer en la próxima oportunidad fijada para el acto de Constitución del Tribunal Mixto en la presente causa, el Tribunal se .....