Por todo lo antes expuesto, éste Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1, en concordancia con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la Sentencia de fecha 18-12-2008, folios del 73 AL 79 de la presente causa, dictada por el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano YOEL JOSÉ GONZÁLEZ CALZADILLA, Venezolano, de 18 años de edad, nacido en fecha 15-12-89, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.310.349, de profesión u oficio: obrero, de estado civil soltero, hijo de Yanette Calzadilla y Euclides González, y residenciado en Ño Carlo, Calle Principal, Casa S/N, cerca de la escuela, Municipio Libertador del Estado Sucre, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, má.....