este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por los ciudadanos PETRA DIANELIS PEREZ ARCIA y ELISEO ALDEMARO VELASQUEZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.908.034 Y 5.899.622 respectivamente, casados, cónyuges entre sí, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio Nº 146 de fecha el día dieciseis (16) de Junio de mil novecientos ochenta y ocho (1988) por lo que, una vez ejecutoriada la Sentencia dictada, se acuerda oficiar lo conducente a la prefectura de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Guiria, Municipio Valdez del Estado Su.....