ViñaORDENA LA APREHENSION del ciudadano, PEDRO RAMON HERNANDEZ RODRIGUEZ, quien es venezolano, nacido en fecha 15-11-82, de 22 años de edad, residenciado en Cerro La Estación, casa s/n, Carúpano Estado Sucre, Titular de la cédula de identidad N° V.- 17.624.438. Por encontrarse incurso en la presunta comisión del delito de Violación, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana YESSENIA ADALGIZA LOPEZ DE VIÑA, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 ordinales 1ero., 2do., 3ero., 251 ordinales 2do, 3ero y 5to. Y 252 ordinal 2do, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 44 ordinal 1ero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y una vez detenido, sea puesto a la orden de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, con sede en Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a los fines de ser presentado ante el Juez de Control de Guardia. Librese oficio a la Representació.....