Se inicio el presente procedimiento en virtud de la demanda contentiva de la pretensión de DESALOJO, interpuesta por el ciudadano JOSE MIGUEL DURAN CHOPITE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.640.753, domiciliado en la Urbanización El Bosque, Calle Bucare, parcelas Nros 9 y 10, Quinta VILLAMAR, Municipio Sucre del Estado Sucre, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio ANGEL RAFAEL GARCIA AVILEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.244; contra la Sociedad Mercantil "TALLER PEGASO" debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre del Municipio Sucre en fecha doce (12) de noviembre de dos mil dos, bajo el Nº 20, Tomo A-05, 4to Trimestre, en la persona de su representante legal, ciudadano MIGUEL EDUARDO COVA MEJIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.188.206.