este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Caución Económica, por la Caución Juratoria, a los ciudadanos: Ramón Yanguele Yánez Zapata, venezolano, natural de Caripito, Estado Monagas, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.935.368, nacido en fecha 28-05-1990, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de María Zapata y Ramón Yánez, y residenciado en el Sector Guayana Abajo, Urbanización El Arao, Casa N° 05, mas delante de Río de Agua, Municipio Libertador del Estado Sucre, y Kelvis Alejandro Díaz Hernández, venezolano, natural de San Félix, Estado Bolívar, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.339.002, nacido en fecha 24-10-1983, de 35 años de.....