Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, DECRETA la EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano CARLOS ADOLFO MONSALVE, venezolano, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, nacido el 05/12/1978, titular de la Cédula de Identidad N° 14.785.716, hijo de Carlos Adolfo Montiel y Carmen Monsalve, y domiciliado en la carretera nacional Carúpano-Guaca, sector Bello Monte, Guaca, Casa S/N, al frente del taller del señor Miguel Bello, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre .....