DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ANULA de OFICIO, la Sentencia dictada en fecha 09 de noviembre de 2005, por el Juzgado Mixto Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Extensión Carúpano, con Voto Salvado de la Jueza Presidenta, en la cual SE CONDENÓ al acusado FELIPE LEONEL CEDEÑO LISCONTI, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal Reformado, en perjuicio de JULIO CESAR LIZCAINO RAUSSEO (OCCISO), en consecuencia se ordena realizar el Juicio Oral en la presente causa por un Tribunal distinto al que dictó el fallo anulado.
Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado. Notifíquese a las partes. Dada, firmada y sellada, en Cumaná, .....