este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 358, 359, 360, 361 y 365 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, por un lapso de CINCO MESES (05) MESES, imponiendo al ciudadano VICTOR MANUEL MÁRQUEZ ROSAL, venezolano, de 32 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.706.044, soltero, de oficio Obrero, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 16-07-1982, hijo de los ciudadanos Expedita del Valle Rosal Ramos y Victorio Manuel Márquez, residenciado en: La carretera Cumaná, Mariguitar, sector Capiantar, casa S/N, cerca del Colegio, Municipio Bolívar del Estado Sucre, teléfono 0412-616.26.14; por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 153 de la Ley Orgánica de Drogas en .....