DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso y establece como condiciones a cumplir por los ciudadanos GLADYS MARGARITA OBANDO ROJAS, venezolano, de 43 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Auxiliar de Trabajo Social, nacida el 29-04-1964, titular de la Cédula de Identidad N° 06.951.122, hija de Juana Evangelista Rojas de Obando y Pedro Rafael Obando Rojas, domiciliada en las Viviendas Rurales del Rincón, casa N° 1971, Municipio Benítez, del Estado Sucre y PEDRO JOSÉ OBANDO ROJAS, venezolano, de 38 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Instructor deportivo, nacido el 15-08-1970, titular de la Cédula de Identidad N° 10.877.497, hijo de Juana Evangelista Rojas de Obando y Pedro Raf.....