Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños, niñas y adolescentes, por cuanto mantiene una decisión de las partes, de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección de niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos LEONARDO JOSE GAMBOA RODRIGUEZ y ROSA DEL VALLE CAMPOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.309.705 y 6.951.299, respectivamente, domiciliados en Urbanización Guayacán de Las Flores, sector 2, calle 12, casa Nº 31, y Avenida Universitaria, Edificio Santa Paula piso 1, Apartamento 1, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre. De con.....