En consecuencia y visto que la opinión del equipo multidisciplinario es vinculante para el juez a la hora de otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto , este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, fundamentándose en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° en relación con los artículos 510 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA el otorgamiento de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto, al Penado Martín José Reyes Guilarte, Venezolano, de 23 años de edad, Soltero, nacido en fecha 05-05-1982, Titular de la Cédula de identidad N° V-17.317.519, de profesión u oficio No definida, Residenciado en el Sector la Frontera, casa S/N. cerca de la cancha, Guiria, Municipio Valdez, del Estado Sucre, ya que el mismo no reúne los requisitos necesarios para optar a dicha Fórmula Altern.....