En atención a las consideraciones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CON LUGAR la solicitud Fiscal y DESESTIMA LA DENUNCIA formulada por el ciudadano SERGIO GUERRERO BAUTISTA, venezolano, de 49 años de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 10/10/1959, titular de la cédula de identidad N° V-6.015.889, de estado civil casado, de profesión u oficio Asistente Social, hijo de Miguel de Jesús Guerrero y Edda Mercedes Bautista de Guerrero, residenciado en la Urbanización, Sector Pescadores, Edificio 26, piso 1, Apartamento 01-02, Cumaná, Estado Sucre, en razón que el hecho denunciado, de conformidad con la norma que lo tipifica, es enjuiciable a instancia de parte agraviada mediante acusación ante el Tribunal competente