Que se sirva declarar judicialmente su estado de concubina entre ella y hoy finado, que comenzó desde el año 1.998, hasta el día de su fallecimiento ocurrido el día 06 de Mayo de 2.012, y que durante esa unión Concubinaria, vivieron en el mismo hogar, compartieron una relación de pareja estable, en forma pública y notoria ante la sociedad, mantuvieron ayuda mutua durante la existencia de la precitada unión, además durante más de 13 años que se mantuvieron juntos gozaban del aprecio y respecto de la comunidad. Durante la unión no procrearon hijos, mi adquirieron bienes de fortuna.
Consigno conjuntamente con el libelo de la demanda Justificativo de Testigos, evacuado por ante el Juzgado del Municipio Mariño del Estado Sucre, en fecha 13 de Junio del 2.012, signado con el N° 050-12, marcado con Letra "B", inserto a los folios 8 al 17, Acta de Defunción de su concubino, marcado con Letra "C", inserto al folio 10 y Partidas de Nacimientos de los tres hijos de s.....