este Tribunal Primero de Control, resuelve: se acuerda el Decreto del Archivo Fiscal de la presente causa, planteado por la representante fiscal, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos CÉSAR ANTONIO SALAZAR HERNÁNDEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 14.419.267, residenciado en La Llanada, sector 3, vereda 10, casa N° 2, Cumaná, Estado Sucre; MIGUEL JOSÉ LANDAETA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 14.816.865, residenciado en Cumanagoto III, casa N° 8, Cumaná, Estado Sucre; y JOSÉ LEONARDO SALAZAR, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 14.420.103, residenciado en La Llanada, sector 3, vereda 30, casa N° 2, Cumaná, Estado Sucre; por el delito precalificado por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público como PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente para la fecha de comisión de los hechos, en perjuicio del Estado Ven.....