DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Acuerda: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al imputado Freddy José Silvio Reinoza, quien es venezolano, de 22 años de edad, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, donde nació en fecha 19/06/1986, titular de la cédula de identidad Nº V-20.201.588, de profesión u oficio Trabajo en refrigeración, de estado civil soltero, hijo Freddy Silva y Noelia Reinoza, residenciado en: La Calle Mariño, Casa Nº 40, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las ciudadanas Milagros Del Valle Silva y Windys .....