este Tribunal Segundo de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumanà, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa, para el ciudadano por RAMON ANTONIO QUEZADA, quien es venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, titular de la cédula de identidad, 6.862.278, residenciado en Cotiza, calle los Aliados, casa N° 53, cerca de la Comandancia de Policía el Uepa, Parroquia San José, Caracas Distrito Capital; y JOSE ANGEL ORTIZ SALAZAR,, quien es venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, titular de la cédula de identidad, 6658482, residenciado en Antemano, calle principal No. 408, Caracas Distrito Capital;; por el delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio del Estado venezolano, venezolano, por extinción de la acción penal .....