Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA por extinción de la acción penal, seguida en contra de los imputados JOSÉ ARMANDO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número v- 13.294.682, natural de esta ciudad, soltero, hijo de elogio González y Odilia Cabrera, domiciliado en San Martín, calle valle Nuevo, casa S/N, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre y JOEL DE LOS SANTOS HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Id3ntidad Número V- 10.224.058, de 30 años de edad, natural de esta ciudad, soltero hijo de Casto Rivera y Ifigenia Hernández, domiciliado en Calle Principal de San Martín, casa S/N, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, en perjuicio de YALEXIS ANTONIA MUJICA, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 108, ordinal 5º del Código penal, en concordancia con los artículos 49, 0rd. 8º y 300, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal y así se decide.....