Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la RETENCION INDEBIDA, presentado por la ciudadana IRAILYS DE LOS ANGELES VELIZ BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 25.244.055, domiciliada en la av. Cancamure, sector Dios con nosotros, segunda calle, casa n° 15, Cumana, Estado Sucre en contra del ciudadano ERNESTO JOSE ILARRAZA MOSQUEDA, titular de la cedula de identidad n°: 18.212.771, domiciliado en la Gran sabana, calle Libertador, casa s/n, Cumana, Estado Sucre es inherente al interés superior del niño ya identificado, para asegurar el adecuado desarrollo integral de este, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, que envuelven el tener contacto directo y personal con sus progenitores.- EN CONSECUENCIA EL PADRE RETENTOR DEBE ENTREGAR INMEDIATAMENTE AL NIÑO JESUS ERNESTO ILARRAZA VELIZ