Conforme a los argumentos antes esgrimidos y en ejercicio de la competencia conferida por el artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a los ciudadanos Elizabeth Yurimar Flores Chacón, venezolana, de 22 años de edad, soltera, estudiante, titular de la cédula de Identidad No. 15.740.393, domiciliado en Urbanización Fe y Alegría, Sector IV, vereda 6, casa N° 3, Cumaná, Estado Sucre, y a Ismerbi Mercedes Marval, venezolano, de 25 años de edad, nacido en fecha 03/07/78, soltero, estudiante, titular de la cédula de Identidad No. 13.353.218, domiciliado en Urbanización Fe y Alegría, Sector III, vereda 16, casa N° 40, Cuma.....