Por las consideraciones de hecho y fundamentos de derecho expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia y por la autoridad que la confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadano MARCOS RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de Cédula de Identidad Nº. V-5.087.904, representado judicialmente por el Abogados en ejercicio LUÍS DÍAZ y NADIA CHACAL, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 100.624 y 52.422, en contra de la FUNDACIÓN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA (ALCAVI), inscrita en la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Sucre, bajo el N°. 43, Tomo XIII, de fecha 05/03/1997, en la persona de su representante legal y ALÍ RAFAEL CAMINO BENITEZ, en su carácter de Gerente General, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.187.987, por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEM.....