Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Concede al penado JOSÉ GREGORIO FUENTES SANDOVAL, venezolano, soltero, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-21.286.243, nacido en San Cristóbal, Estado Táchira en fecha 26-11-1985, albañil, hijo de Isabel Teresa Sandoval Calderón y Jesús Rafael Fuentes, domiciliado en la Calle Independencia, casa s/n, Sector La Canal, Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, la gracia de Conmutación de la pena que le falta por cumplir por el delito de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CARLOS EDUARDO JAIMES, por CONFINAMIENTO en el Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, por el lapso de Un (01) año, Once (11) meses y Veinticinco (25) días, la cua.....