DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida LA CAUCIÓN ECONOMICA, de conformidad con lo establecido en el artículo 244 del COPP, a favor del imputado BERNANDO ANTONIO MARCANO CENTENO, venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez Estado Sucre, soltero, de 37 años de edad, de profesión u oficio pescador, Cédula de Identidad Nº V- 13.347.189, nacido en fecha 01-11-1977, hijo de Bernardino Marcano y Flor Centeno, residenciado en Guiria, sector nueva Guiria, los bloques, bloque 3, apartamento 01-05, Guiria Municipio Valdez Estado Sucre. Telf.: 0426-287.1800 Y JOHAN RAFAEL BRITO MORENO, venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez Estado Sucre, soltero, de 27 años de edad, de profesión u oficio administrador de lancha pesquera, Cédula de Identidad N° V- 20.074.257, nacido en fecha 17-04-1989, hijo de Juan Brito y Francisca Moreno, residenciado en el secto.....