Acuerda DESESTIMAR LA SOLICITUD DE MEDIDAS DE PROTECCION, de las establecidas en el articulo Nº 87 numeral, 3 de la Ley Orgánica para la Protección de la Mujer de una Vida Libre de Violencia, en contra del Imputado ADONIS RAFAEL LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, de años 51 de edad, titular de Cédula de Identidad Nº 3.654.963, de profesión u oficio Obrero, hijo de Martín Carreño y Asunción López, domiciliado en Calle los Cocos, Casa S/N, Cerca de la Bodega de Fermín y del Mercal, El Morro Municipio Arismendi del Estado Sucre, en perjuicio de la ciudadana Lérida Mercedes Lugo, en virtud de que no existen suficientes elementos de convicción, en las acta s que conforman el presente asunto para estimar la comisión de algún hecho punible y que el imputado sea el responsable de dicho hecho, como puede apreciarse la pretensión de la victima y del accionante, obteniendo como único fin la salida del indiciado de su hogar, sin que este demostrado la comisión de algún he.....