ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, de los ciudadanos DIXON RAFAEL CARRERA ROMERO, venezolano, natural de esta ciudad, de 18 años de edad, nacido en fecha 12/10/1992, soltero, sin oficio definido, titular de la cédula de identidad Nº 21.096.969, residenciado en la Urb. Brasil, sector brasil sur, calle Nº 5, casa Nº 2 de esta ciudad, y LUIS ENRIQUE SALAZAR SALAZAR, venezolano, natural de esta ciudad, de 19 años de edad, nacido en fecha 05/02/1992, soltero, sin oficio definido, titular de la cédula de identidad Nº 24.690.836, residenciado en la Urb. Brasil, sector brasil sur, calle Nº 4, casa Nº 17 de esta ciudad.