Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Decreta: La Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del ciudadano Deivis José Velásquez, Así mismo se Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los ciudadanos Simón Del Jesús Barceló Gil, Antonio José Velásquez, William Ramón Velásquez Velásquez, de nacionalidad venezolana, natural de El Pilar, Estado Sucre, de 26 años de edad, soltero, Alirio Ramón Velásquez Velásquez y Roselis Karina Barceló Velásquez, de nacionalidad venezolana, natural de El Pilar, Estado Sucre, de 18 años de edad, soltera, indocumentada (manifiesta nunca haber cedulado), ama de casa, nacida el 14-01-1991, hija de Simón Barceló y de Vidalia Velásquez, y residenciada en la Calle Principal, Casa S/N, de Ca.....