Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Privado en el presente asunto seguido al ciudadano GILBERT EDDY ROJAS ROJAS, venezolano, de 24 años de edad, nacido el 25/10/1989, titular de la cédula de identidad Nº V.- 19.908.142, natural de Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, soltero, obrero, Hijo de José Díaz y Aura Rojas, domiciliado en el Valle, sector Pablo Ramos, calle principal, casa S/n, cerca del mercal, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Articulo 405, en relación con el artículo 406 numeral 1º ambos del Código Penal, con la agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, e.....