Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Admite totalmente la Acusación Fiscal, por considerar que la acusación llena los requisitos formales exigidos en el articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal y las pruebas promovidas por las partes, por ser Licitas, legales, pertinentes y necesarias para el desarrollo del Juicio Oral y Público, Ordenándose la apertura del Juicio Oral y Público, en contra del imputado Cleto Erasmo González Suarez, quien es Venezolano, de 49 años de edad, nacido en fecha 13-07-56, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.951.452, de profesión u oficio agricultor, residenciado en el Caserío Campamento Morocoto, vía Guariquén, del Municipio Benítez del Estado Sucre, en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del delito de de Homicidio Calificado, Previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 1° del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Freddy Federico González (occiso); y se or.....