este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, BAJO FIANZA, al imputado GREULUIS JOSE CARREÑO MERCHAN, venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez, mayor de edad, nacido el 28-03-1993, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.288.081, profesión u oficio: deportista, soltero, hijo de: Gregaria marchan y pedro Luís Carreño, Residenciado en: calle principal, saliendo de Lavanti, hacia las Marvinas, casa S/N, al frente del estadio, Municipio Valdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149, en su segundo aparte, de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, debiendo el referido ciudadano cumplir con las siguientes obligaciones: 1- a cumplir con el r.....