REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 10 de Junio de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-2003-000037
ASUNTO : RL01-P-2003-000037
Visto el informe final, presentado por las Lics. Carmen E. Osuna y Paula Casado, en la causa seguida contra el penado PEDRO RAFAEL VASQUEZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° 12.663.036, y dado que al realizarse Redención de pena por trabajo o estudio, tiene la pena ya cumplida. Este Tribunal pasa a realizar el siguiente pronunciamiento:
Primero: En fecha 03 de diciembre del 1999, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal se le concedió el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al penado de marras. En fecha 19 de diciembre del 2002 se ordena su captura para pronunciarse sobre la Revocatoria o no del beneficio otorgado, ello en virtud de solicitud de su delegado de pruebas; acordándose el 23 de enero de 1997 mantener el beneficio en virtud de que el penado justificó según el Tribunal, su falta.
Segundo: Se evidencia de autos que dicho penado posteriormente cumplió con las exigencias de sus delegados de prueba, quienes señalaron en los informes evolutivos y en el informe final que el penado cumplió y culminó de manera satisfactoria el Régimen de Pruebas impuesto.
DISPOSITIVA
En razón de los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 105 del Código Penal, RESUELVE: Se declara cumplida la pena y en consecuencia extinta la responsabilidad penal, al ciudadano PEDRO RAFAEL VASQUEZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° 12.663.036, condenado por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO. En consecuencia notifíquese a la Defensa y al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.- Líbrese Boleta Informativa al Penado, adjunto con Oficio dirigido a la a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de la Región Oriental, Cumaná Estado Sucre. Líbrense las Boletas de notificaciones, informativa y oficios respectivos. Es todo. CÚMPLASE.-
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
ABG. DOUGLAS JOSÉ RUMBOS RUIZ
LA SECRETARIA,
ABG. FRANCYS LUORAIM HURTADO.-.