Por las consideraciones de hecho y fundamentos de derecho expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Demás Derechos Laborales, interpuesta por el ciudadano JORGE ENRIQUE PARDO CUERVO, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. E-81.349.018, representado por los abogados en ejercicio LUÍS DÍAZ BORGIA y MARCOS RIVAS MEDINA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 100.624 y 103.236 respectivamente, contra la sociedad mercantil CORPORACIÓN RADIZ, C.A, domiciliada en la ciudad de Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 30 de Junio de 2003, bajo el Nº. 98, Tomo A-03, Folios 282 al 285 y su Vto., Segundo Trimestre, en la persona de.....