DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Con Lugar la Revisión de la Medida Cautelar de Fianza, y se sustituye por una Medida Cautelar con Caución Juratoria, a favor de los imputados RAMON JOSE SALAZAR BOADA, venezolano, natural de Margarita Estado nueva Esparta, de 19 años de edad, nacido en fecha 06/11/96, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.999.920, de oficio Agricultor, hijo de Wido Salazar y Miguelina Guada, y residenciado en: el Pilar, vía la Pica, casa S/N, a pocos metros de la escuela, Municipio Benítez - Carúpano del Estado Sucre, y LUIS ANGEL GUZMAN GUZMAN, venezolano, natural del Pilar, Municipio Benítez del estado Sucre, de 18 años de edad, nacido en fecha 18/12/97, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.294.792, de oficio mecánico, hijo de Ángel Mayz y Felip.....