Este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en virtud de haber surgido el Peligro de Fuga, entre los presupuestos para que proceda la privación de Libertad, en consecuencia ordena la captura del ciudadano JESUS ALFREDO PICO ROMAN, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.083.467, natural de Cumaná, Estado Sucre, de Oficio militar, nacido en fecha 08-04-1989, de 24 años de edad, hijo de los ciudadanos Marilis Román y Cesar Pico, residenciado en Mariguitar, Sector El Calvario, Calle principal, Casa S/N, a dos casa de Defensa Civil, Municipio Bolívar del Estado Sucre, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numeral 3 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano FERNANDO LUIS BOADA RIVAS. Una vez capturado será recluido en la Comandancia de la Policía del Estado Sucre, donde quedarán a la Orden de este Tribunal. Una vez capturado s.....