Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del imputado LUÍS MIGUEL LÓPEZ ROJAS, Venezolano, Mayor de edad, Natural de esta Ciudad, de 24 años de edad, Titular de la Cedula de identidad Nº 20.124.853, Casado, nacido: 22-09-87,de profesión u oficio pescador, hijo de Martina Rojas y Luís López, residenciado en Sector las Pionias, Carúpano-Guaca, Casa S/N, cerca de la avenida Guiria, Municipio Bermúdez, Carúpano Estados Sucre; por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad; todo de conformidad con lo establecido en los art.....