RATIFICA las Medidas de Protección y Seguridad, en contra del imputado: PEDRO LUIS TORRES, quien es venezolano, natural de Carúpano, del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V- 5.868.348, soltero, nacido en fecha 11-03-1948, de 65 años de edad, albañil, hijo de Rufino Alfonso y Dominga Torres, residenciado en: Guaca, al final de Calle La Marina, casa S/N, a 50 metros de la Carpintería, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, impuestas por el órgano receptor de denuncia, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numerales 1, 5, 6 y 13 de la ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia; a favor de la victima : MIGDALIA ELENA LÓPEZ RODULFO, en virtud de la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MIGDALIA ELENA LÓPEZ RODULFO.