el Tribunal estima procedente aplicar la solicitud de los imputados acerca de la ACEPTACION DE LOS HECHOS, por ende este Tribunal DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en el artículo 43, 313 numeral 8, 359, 367, 368, todos del Código Orgánico Procesal Penal, a los imputados VICTOR ARMANDO PATIÑO NUÑEZ, venezolano, de 26 años, soltero, chofer, Titular de la Cédula de Identidad 17763253 hijo Zuli Núñez y Félix Patiño, residenciado en Manicuare, sector Mauricio, casa sin numero, al lado de la tasca de Francis, teléfono 02934775150, Manicuare Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre, JOSE ANTONIO MATA RIVERO, ANGEL JOSE JIMENEZ, y JOSE GABRIEL MATA RIVERO, venezolano, de 33 años, soltero, obrero, Titular de la Cédula de Identidad 15346307 hijo de Eleisa de Mata y Juan José Mata, frente al club gallístico Manicuare, residenciado en Manicuare, sector Mauricio, casa sin numero, al lado de la tasca de Francis, teléfono 02934775150, Manicuare Cruz Salme.....