En consecuencia sobre las argumentaciones antes señaladas supra; y por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Condena: al ciudadano: Carlos Enrique López Indriago, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, titular de la cédula de identidad Nº 18.215.162, nacido en fecha 28-08-1982, de 28 años de edad, hijo de Betilde Indriago y José Jesús Guevara, y domiciliado en la Calle Sector Las Salinas, Casa S/N, cerca de la playa de Guaca, y cerca de la cancha, Carúpano, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir la Pena de Doce (12) años de prisión, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, cometido .....