Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda CON LUGAR, la solicitud de evaluación psicosocial presentada ante este Tribunal por la Defensora pública Penal Tercera, y en consecuencia ordena libar oficio a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 03, Región Oriental, Cumaná, a los fines de que practique la evaluación psicosocial al penado JOSÉ MANUEL LIENDO GUERRA, venezolano, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.414.615, de oficio barbero, nacido en fecha 25-10-1979, soltero, natural de la ciudad de Caracas y residenciado en la Urb. Campeche, sector 03, los ranchos, casa sin número, Cumaná Estado Sucre, a quien el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ante la Admisión de los Hechos que hiciera, lo condeno en fecha 18 de .....