DISPOSITIVA
En virtud de todo la antes expuesto este tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acoge el pedimento fiscal en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la causa seguida a imputados desconocidos, por la presunta comisión del delito de Hurto, previsto y sancionado en el articulo 453 del Código Penal, en perjuicio de Antonio Dujmovic Muller: quien es venezolano, de profesión u oficio vendedor, casado, titular de la cedula de identidad Nro.-V-3.654.135, residenciado en la Urbanización El Peñón, avenida Principal, casa Nro.- 28, y Empresa Toyota de Venezuela, ambos ubicadas en la ciudad de Cumana.