Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Cajigal Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de OBLIGACION ALIMENTARIA, solicitada por la Ciudadana: Yulitza Milagros Zorrilla Codallo: Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de identidad número V- 17.317.134, domiciliada en la calle las Delicias Nro.45, Yaguaraparo Municipio Cajigal Estado Sucre; en contra del ciudadano: Juan Francisco Lugo Rojas , Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad Número V- 16.479.971, domiciliado en la calle Alta vista ( Detrás del Estadium) Municipio Arismendi del Estado Sucre, en beneficio de la niña: Zuleimyoly Nicole Lugo Zorrilla; En consecuencia se Condena al demandado a pagar la Cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,oo) mensuales, CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.120.000,oo) en el mes de Agosto y C.....