este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda con Lugar la solicitud Fiscal y en consecuencia, Decreta la Libertad, a favor de los imputados NELSON JOSÉ VILLARROEL, venezolano, indocumentado, manifestando tener cuarenta y tres (43) años de edad, ser soltero, de profesión Isleño de Bomba de Gasolina, titular de la cédula de identidad Nº 8.648.175, nacido en fecha 27-08-1966, residenciado en Bebedero, calle 03, casa Nº 02, Cumaná, Estado Sucre, y TEOLINDA DEL VALLE CHACÓN, indocumentada, manifestando tener 38 años de edad,, soltera, estudiante, titular de la cédula de identidad Nº 13.941.507, nacida en fecha 05-05-1971, residenciado en Bebedero, calle 03, casa Nº 02, Cumaná, Estado Sucre; a quienes se iniciara causa por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado.....