Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Considera procedente ACORDAR LA ENTREGA DEL VEHICULO, al solicitante Esteban José Marín Rodríguez, el vehículo: Clase: Automovil, Marca: Chevrolet, Tipo: Coupe, Modelo Corsa, año: 2000, Color Gris, Serial de Carrocería: 8Z1SC21ZXYV303736, Serial de Motor: XYV303736, Placa: JAE21L, Uso Particular; haciendo la salvedad de no realizar ningún acto jurídico que pudiera modificar la propiedad que tiene el solicitante sobre el mismo, hasta tanto el Ministerio Público no presente el acto conclusivo en el asunto donde esta involucrado el referido vehículo, debiendo ser presentado por ante el órgano fiscal, todas las veces que este lo requiera hasta la conclusión de la investigación; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Org.....