Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del código penal, en relación con el artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA, la extinción de la Pena impuesta al penado Franklin José Cordero Carvajal, venezolano, de 36 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, nacido el 05-06-70, titular de la Cédula de Identidad N° 12.819.714, hijo de Inés María Carvajal y José Santos Cordero y domiciliado en Yaguaraparo, Calle Sucre, Casa S/N, a una cuadra del mercado, Municipio Cajigal del Estado Sucre, quien se encuentra cumpliendo la pena de Tres (3) años de prisión, por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453, numerales 3 y 6, del Código Penal, en perjuicio del.....